El llamado Divorcio Exprés, resulta de la modificación habida en la Ley para la agilización de los tramites del divorcio, en funcionamiento desde el año 2005. Se contemplan varias modificaciones entre las cuales se encuentra la reducción en el tiempo de espera para acceder a la Separación o Divorcio, pues pasa a ser de tres meses, desde que se contrajo el matrimonio, y la opción de acudir directamente al Divorcio, transcurridos, como decimos los tres meses desde la celebración del matrimonio, suprimiéndose la necesidad de solicitar previamente la Separación, que tiene el mismo tiempo de espera que el Divorcio.
El Divorcio Exprés, solo puede tramitarse si existe acuerdo entre los cónyuges en su presentación, y, previamente, debe redactarse el Convenio Regulador, recogiendo los acuerdos a los que hayan llegado los cónyuges respecto a las medidas reguladoras del Divorcio: patria potestad, guarda y custodia de los hijos, custodia compartida, pensión alimenticia, régimen de visitas, uso y disfrute del domicilio familiar, pensión compensatoria si procediere, liquidación de la sociedad de gananciales.
Los trámites a seguir son idénticos al supuesto de Divorcio de Mutuo Acuerdo y al igual que sus requisitos, que pueden consultar en el apartado Trámites en este enlace Trámites a seguir en el proceso de Divorcio o Separación de Mutuo Acuerdo